San Pedro Tlaquepaque Jal., a 21 de abril de 2020
Las medidas de seguridad sanitaria decretadas el día de ayer por el Gobernador del Estado de Jalisco, tienen como objetivo funda-mental, preservar la vida y la salud de los jaliscienses por sobre cualquier otra cosa, en el marco del respeto irrestricto a los Derechos Humanos.
Dichas medidas son básicamente las mismas dictadas por el Gobierno Federal en el “Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria por el virus SARS-CoV2”, emitido por el Secretario de Salud del Gobierno de México y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo del año en curso.
El carácter obligatorio de estas medidas tiene su fundamento en la Ley General de Salud y en la Ley de Salud del Estado de Jalisco, en las que se establece como autoridad sanitaria al Gobernador del Estado de Jalisco.
En este contexto, las autoridades municipales estamos facultadas para colaborar en la vigilancia epidemiológica y el cumplimiento de dichas medidas.
Las medidas de aislamiento social decretadas son las siguientes:
https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/04-19-20-bis.pdf
Ante estas medidas, han surgido algunas preguntas, por lo que se aclara lo siguiente:
El resguardo domiciliario corresponsable consiste en quedarse en casa el mayor tiempo posible fuera del espacio público. Con la posibilidad de salir por razones estrictamente necesarias.
Está permitido ir a la tienda, al supermercado, a la farmacia, al banco, a consulta médica y cualquier otra actividad de carácter estrictamente necesaria.
En el caso de salir a pasear mascotas, se permitirá que lo haga una sola persona, con cubrebocas, por máximo 20 minutos. No está permitido salir a correr, al parque, a las unidades deportivas, canchas públicas ni cualquier actividad lúdica (incluida la bicicleta) en espacios públicos.
El cubrebocas debe utilizarse todo el tiempo en la vía y el transporte públicos (incluida la bicicleta), los lugares de trabajo y de consumo, sin excepción de ningún tipo. (No es necesario llevarlo mientras se va en automóvil privado).
Estas medidas son las mínimas indispensables con las que el Gobierno Estatal y los Gobiernos Municipales de Jalisco, trabajamos para proteger la salud y la vida de las y los Jaliscienses.
Los establecimientos y/o giros comerciales que podrán seguir ofreciendo sus servicios los puedes encontrar en los siguientes documentos:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590914&fecha=31/03/2020
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591234&fecha=06/04/2020
https://coordinacioneconomia.jalisco.gob.mx/prensa/noticia/852
Los policías debidamente capacitados, vigilarán el cumplimiento de estas medidas. En el marco del respeto a los derechos huma-nos, podrán apercibir a la ciudadanía para que eviten estar en espacios públicos, incluso remitir a los juzgados municipales a quien se resista al cumplimiento de las medidas.
Las amonestaciones, multas y arrestos serán definidos por los jueces municipales de forma gradual. Las multas irán desde uno a diez mil UMAS. El arresto será de hasta 36 horas.
Las clausuras de los establecimientos y/o giros comerciales que no cumplan con las medidas, se llevarán a cabo por las áreas de Inspección y Vigilancia de los municipios.
Estas medidas son las mínimas indispensables con las que el Gobierno Estatal y los Gobiernos Municipales de Jalisco, trabajamos para proteger la salud y la vida de las y los Jaliscienses.